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Conocer y seguir de cerca las principales obligaciones tributarias de enero de 2023 es fundamental para establecer una estrategia fiscal de pagos tributarios.

La liquidez inmediata que exigen estas fechas obliga a mantener un correcto plan de liquidez y financiación del negocio.

Si no lo tienes en cuenta, corres el riesgo de quedarte sin recursos de tesorería y no poder afrontar estos desembolsos.

Aplazar los pagos y recurrir a la financiación alternativa son soluciones factibles.

No obstante, estas soluciones deben ir acompañadas de una correcta planificación fiscal, teniendo en cuenta las fechas predefinidas por la Agencia Tributaria.

1. Obligaciones tributarias hasta el 20/1


1.1 IVA, RENTA, SOCIEDADES y otras obligaciones informativas.

La fecha límite para la presentación y, en su caso, realizar el ingreso del cuarto trimestre del 2022 de las retenciones e ingresos a cuenta de Renta y Sociedades, correspondientes a rendimientos de trabajo, actividades económicas, ganancias patrimoniales, premios, imputaciones de renta, ganancias de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas, es el próximo día 20 de enero.

(Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216)

1.2 Modelo 039.

Hasta el día 20 de enero también se tiene de plazo para presentar el Modelo 039 relativo al régimen especial del grupo de entidades previstos en la Ley del IVA.

2. Obligaciones tributarias hasta el 30/1


Asimismo, el día 30 de enero es la fecha límite para la presentación del cuarto trimestre de 2022 correspondiente al IVA.

Entre otros:

Modelo 303

Autoliquidación del IVA

Modelo 349

Declaración recapitulativa de las operaciones intracomunitarias.

Modelo 390

También se deberá presentar el  Modelo 390 Resumen anual del IVA

Modelos 130 y 131

Y el Pago fraccionado del IRPF de actividades empresariales y profesionales (Modelos 130 y 131).

Hasta el 30 de enero también se podrá presentar:

Modelo 308

Solicitud de devolución de cuotas reembolsadas a viajeros por empresarios en recargo de equivalencia.

Modelo 318

Regularización de las proporciones de tributación de periodos de liquidación previos al inicio de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios.

Modelo 341

Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.

Modelos 036, 037

Opción o revocación de aplicación de prorrata especial para 2023 y siguientes, si se inició la actividad durante el último trimestre del ejercicio 2022.

3. Obligaciones tributarias hasta el 31/1


3.1 Renta y Sociedades

Además, hasta el día 31 de enero se podrá presentar el resumen anual del ejercicio 2022 sobre retenciones e ingresos a cuenta de Renta y Sociedades:

– Rendimientos de trabajo

– Actividades económicas

– Premios y ganancias patrimoniales

– Imputaciones de renta

– Ganancias de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva

– Rentas derivadas de arrendamiento de inmuebles urbanos

– Capital mobiliario

– Personas autorizadas y saldos en cuentas. 

(Modelos 180,188, 190, 193, 193-S, 194, 196 y 270).

3.2 Otros Impuestos

Hasta el 31 de enero también se deberá presentar:

– IRPF: Renuncia o revocación de estimación directa simplificada y estimación objetiva para el 2023 y sucesivos. Modelos 036, 037

– IVA: Renuncia o revocación de regímenes simplificado y de agricultura, ganadería y pesca para el 2023 y sucesivos. Modelos 036, 037

– Solicitud de aplicación del porcentaje provisional de deducción distinto del porcentaje fijado como definitivo en el año anterior (sin modelo)

– Ventanilla única: Régimen de importación Diciembre 2022. Modelo 369

– Ventanilla única: Regímenes Exterior y de la Unión Cuarto trimestre 2022. Modelo 369

Por último, otras obligaciones (declaraciones informativas) que se deben realizar hasta el día 31 de enero:

3.3 Cuarto Trimestre 2022

– Modelo 179:

Declaración informativa trimestral de cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

– Modelo 235:

Declaración informativa de actualización de mecanismos transfronterizos comercializables.

– Modelo 490:

Impuesto sobre servicios digitales.

3.4 Año 2022

– Modelo 165:

Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.

– Modelo 184:

Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.

– Modelo 233:

Declaración informativa por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados.

4. Plazos para la presentación de autoliquidaciones a través de domiciliación bancaria


El plazo va a depender de la fecha límite de presentación de cada modelo.

De esta manera, si el vencimiento coincide con día inhábil, el plazo finaliza siguiente día hábil y el plazo de domiciliación se ampliará el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración.

5. Más Información en la Agencia Tributaria


Para ampliar la información de este blog pueden acceder al Calendario del contribuyente 2023

Financiación para negocios


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